La Contraloría General de la República emitió un listado de instrucciones para las municipalidades, respecto a la realización -con fondos públicos- de «eventos culturales y de esparcimiento, como festivales, conciertos, vendimias o carnavales».
Destaca la indicación respecto de que «no está permitido incorporar la imagen del alcalde o de los concejales en su difusión, ya que ello implica una infracción de las normas que regulan el uso recursos del organismo, lo que genera una responsabilidad civil para la autoridad».
Así, la foto del alcalde de turno «invitando» a los vecinos queda al margen de la normativa vigente, siendo este un recurso ampliamente usado por los jefes comunales para consolidar su imagen, más aún cuando preparan una nueva candidatura.
¿Golpe a la música «urbana»?
Otro ítem que la Contraloría releva es que los municipios deben evitar que en estos eventos «se incluya o permita el fomento de mensajes contrarios a las garantías constitucionales, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile».
El organismo menciona especialmente hechos que sobre los escenarios «inciten a atentar contra la vida o la integridad física; que afecten la dignidad de las personas; que vulneren los derechos de los niños, niñas y adolescentes -como ocurre, por ejemplo, con la pornografía infantil-; que incentiven, promuevan o publiciten actividades calificadas como infracciones o delitos -tales como el tráfico de drogas, el porte o uso ilegal de armas, la asociación ilícita o la trata de personas-; u otras actividades que pudieren afectar el orden público, los bienes públicos y la seguridad interior y exterior de la Nación».
La anterior descripción es relevante pues la exaltación del uso y tráfico de drogas, así como la exhibición de armas, y su mención en letras, es común entre los cantantes del denominado «género urbano».
Fuente: Cooperativa.