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La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió este jueves el recurso de protección interpuesto por la profesora jubilada María Angélica Ojeda, instruyendo que la AFP Cuprum le pague la totalidad de su ahorro previsional.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada lo determinó tras establecer el actuar arbitrario de la administradora al denegar el giro íntegro de los fondos acumulados durante sus años de trabajo.
Tomando en cuenta que estos fondos corresponden a un porcentaje del sueldo obtenido en ese período, el tribunal estimó que «resulta contraproducente que sea únicamente el trabajador que no recibe aporte estatal, ni menos del empleador, acumulando una suma de dinero para financiar su propia vejez, en circunstancias que del trabajo realizado se benefició tanto la comunidad como el propio empleador».
Sobre este último aspecto, la resolución también destaca que «constituye un hecho público y notorio, en la medida que las proposiciones para mejorar este sistema incluyen ideas que reconocen la necesidad del aporte directo o indirecto del Estado, como también de los empleadores».
«Por lo mismo, resulta poco prudente y arbitrario que un trabajador actual, a propósito de la serie de modificaciones -cuarenta y siete leyes directas- efectuadas al Decreto Ley 3.500 haya terminado en un sistema, que en este caso particular, genera una injusticia que obliga al tribunal a adoptar las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y decretar lo correspondiente para proteger al afectado», enfatiza.
Respuesta de CUPRUM
Por su parte, la AFP Cuprum abrió la puerta a acudir a «instancias superiores» y acotaron, a través de un comunicado, indicaron que «hemos respetado la legalidad vigente».