El miércoles 01 de septiembre fue el día en que la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados y Diputadas discutió en general el proyecto, aprobando la idea de legislar el cuarto retiro de fondos, con siete votos a favor y seis en contra.
A pesar de las insistentes críticas del Gobierno y sus esfuerzos por frenarlo, el proyecto de cuarto retiro de fondos de las AFP sigue superando importantes etapas en su camino con buenos argumentos para convertirse eventualmente en ley.
Ahora el proyecto debe ser discutido por la totalidad de la Cámara Baja, sin embargo, la aprobación en la comisión no es vinculante, lo que quiere decir que no tiene efectos directos en la votación que efectuarán los parlamentarios. Hasta ahora la Cámara no ha fijado fecha para votar la iniciativa en particular, aunque el presidente de la Comisión de Constitución, el diputado Marcos Ilabaca , mencionó que posiblemente será despachado a la Sala antes del 18 de septiembre.
¿Qué falta para que se apruebe el retiro de los fondos previsionales?
El proceso es similar al primer trámite, pues el Senado designará a la Comisión de Constitución de la Cámara Alta para revisar los proyectos y luego derivarlos para que sea votado en general y particular por la totalidad de los senadores.
Si no se presentan indicaciones y es aprobado, entonces el cuarto retiro se despacha y queda en condiciones de convertirse en ley, siempre y cuando el Presidente de la República también lo apruebe.
Cabe recordar que el Presidente tiene la potestad de firmar la promulgación o presentar un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) para evitar que se convierta en ley:
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Si firma el documento, la nueva ley debe ser publicada en el Diario Oficial para entrar en vigencia y permitir que los cotizantes de las AFP ejecuten el retiro de ahorros.
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Pero si opta por el segundo escenario, el TC será la entidad responsable de definir el futuro de la medida: si se convierte en ley o es catalogado como inconstitucional, desechando toda posibilidad de un cuarto retiro.